Conferencia Magistral Puerto Rico

VIOLENCIA SEXUAL, TRATA Y TRAFICO DE MUJERES EN PUERTO RICO Y EL CARIBE.

Mta. Teresa Ulloa Ziáurriz[1]

Contexto Histórico[2].

Históricamente las leyes matrimoniales y las leyes de violación se entrelazaron a partir de la figura del hombre, dueño y jefe de familia.  En ese contexto, era permitido capturar y violar a las mujeres de otras tribus mientras que esa acción no se permitía con las mujeres de la misma tribu.  La conducta antisocial no era la conducta sexual, sino la usurpación de la posesión y del derecho al control y al acceso sexual de las mujeres, a quienes se les consideraba como parte de las posesiones del hombre.  El matrimonio se consumaba a través de la desfloración y de pruebas de la virginidad de la mujer que se hacían públicas mediante ceremonias.  La violación para ser considerada un crimen se debería perpetrar mediante la desfloración y ruptura del himen fuera del contrato matrimonial, pues dentro de él, no se concebía su existencia.  Con el tiempo, la definición de la violación se amplió desde el punto de vista del objeto poseído; no constituyó violación el acto de certificación de virginidad que el señor feudal llevaba a cabo con la futura cónyuge de un vasallo, o la que se pudiera dar con el jefe de la familia o dueño; y más tarde, la definición del delito de violación se amplió aún más, hasta aceptar la falta de castidad de la cónyuge cuando era poseída por un tercero, aunque se tratara de mujeres no vírgenes.  Como menciona Susan Brownmuller, la relación entre violación y matrimonio se refleja en “la violación de los derechos de posesión del macho basada en las exigencias masculinas de virginidad, castidad y consentimiento al acceso sexual de las mujeres, entendidas y concebidas como las aportaciones de las mujeres al contrato de matrimonio”.  Es por ello que existe, de manera generalizada un consentimiento social y la garantía de impunidad a los maridos que acceden sexualmente a sus cónyuges por la fuerza, garantía que es tan antigua como el origen de la violación.

El deseo del hombre por conservar y tener la certeza de contar con el acceso exclusivo, total y completo a la vagina de la mujer –de acuerdo a las leyes matrimoniales que más tarde se convierten en códigos de familia o códigos civiles— surge de la necesidad de certidumbre de la paternidad en la concepción, para garantizar así la certeza en el momento de heredar.  El concepto de violación es masculino desde sus orígenes y también contemplaba la defensa de la virginidad de la hija, manteniendo la misma lógica de dueño; debía sancionarse porque dañaba la mercancía valiosa antes de llegar al mercado matrimonial.

A finales del siglo XX, la violación permanecía aún ligada a los antiguos conceptos patriarcales de propiedad.  En efecto, en la violación se define la legitimidad del ejercicio de la sexualidad de la mujer: extramatrimonial es ilegítima y matrimonial es legítima, por supuesto, sin tomar para nada en cuenta el consentimiento y el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo.  Fuera del matrimonio hay violación pero dentro del matrimonio, inclusive, en ocasiones, hasta dentro de la familia está autorizada o por lo menos socialmente consentida.

En el desarrollo de la historia, sólo los hombres pueden ser agresores en este delito y sólo las mujeres pueden ser violadas.  La violación presupone que el género masculino es el titular sobre el cuerpo de la mujer, de ahí que sea necesario regular este acceso para que sólo un hombre, el dueño, ejerza dicha titularidad.  ¿Cuándo abusan de este derecho?  Cuando acceden sexualmente y a través de penetración vaginal (por ende con riesgo de embarazo) a una mujer que está casada con otro, y por lo tanto no es legítima propiedad del agresor.  En estos casos, las mujeres son víctimas, pero también lo son sus dueños; sin embargo, estando la violación radicada en el ámbito de un matrimonio, la mujer no es víctima y cumple con un deber entendido como el débito conyugal, el de la sumisión frente a su dueño.

La norma penal opera bajo el supuesto de que la violación ocurre siempre en el ámbito público y por terceros desconocidos para la víctima.  En efecto, la estructuración que hacen distintos códigos de los delitos relacionados con la sexualidad, contrapone la violación al incesto, siendo éste último un delito que ocurre en el ámbito privado, de la familia, y que conlleva una pena menor por su menor valor.  La violación entre cónyuges en la mayoría de los países no se tipifica, en tanto es atributo de posesión del dueño-cónyuge acceder sexualmente a su mujer, complementando con la norma del código civil que obligaba a la mujer a la obediencia y que presuponía la cohabitación, en tanto uno de los fines del matrimonio era/es la procreación, partiendo de que es la familia patriarcal y su proyección pública la que debe protegerse.

LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y SU ACCESO A LA JUSTICIA.

En la década de los `90, los movimientos de mujeres se esforzaron y lograron grandes avances en materia de legislación sobre la
violencia contra las mujeres. Entre otros desarrollos, empezó a ser
considerada como una violación de los derechos humanos. Y no era para menos. Según Naciones Unidas, “la violencia contra las mujeres, no puede ser parte de una abstracción, considerándola un acto individual de determinada persona en circunstancias específicas”.

La violencia es más que eso: “Es un mecanismo para mantener la autoridad de los hombres, reforzando las normas patriarcales vigentes y, en consecuencia, para rastrear los factores que convergen con ella, hay que pensar en un contexto social amplio como el de las relaciones de poder”.

En ese sentido, el papel de la cultura es una de las principales causas de la violencia contra las mujeres en sus diferentes manifestaciones. Una de esas expresiones es el feminicidio, que puede ser enfrentado desde la cultura, entendida ésta como una red de procesos, relaciones de poder y discursos cambiantes.

Violencia: sus manifestaciones

La violencia contra las mujeres puede manifestarse en diferentes y múltiples espacios.  Uno de ellos es la familia, un ámbito en el que las personas deberíamos tener garantizada la vida, la integridad y la seguridad, como derechos humanos básicos y en el que las situaciones de violencia suelen encarnarse en la vida de pareja, y se le denomina violencia doméstica o abuso conyugal.  Entre otros aspectos, aparece de la mano de actos sexuales, pero puede ser violencia psicológica, como situaciones de humillación y vergüenza, o violencia física, en las que son comunes hasta el uso de armas para provocar lesiones.
Las prácticas tradicionales más nocivas como el infanticidio de las
niñas, la selección prenatal del sexo, el matrimonio precoz, la
mutilación genital femenina, también son cometidas dentro de la
familia, aunque además involucran a la comunidad entera, dada su
magnitud y el alcance cultural.
El feminicidio, en tanto, está presente en diversas partes del mundo.
En algunos lugares, la comunidad entera es la que aparece como
responsable, como en los casos más escalofriantes de Ciudad Juárez, México, donde los crímenes se hicieron mientras reinó la
impunidad.

También los casos de violencia sexual infringida atañen y apuntan
contra toda una comunidad dado que son actos cometidos por un amigo, un conocido, un vecino de las víctimas, aunque también puede hacerlo un extraño.

Otra de sus formas de manifestación es la trata de personas cuando
implica la captación, transporte, traslado o recepción de personas,
recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza, el engaño, al abuso de autoridad, o al abuso de una situación de vulnerabilidad con fines de explotación sexual, laboral o tráfico de órganos.  Sin embargo, la Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y el Crimen Organizado, en su informe presentado en Viena, en Mayo del 2006, consigna que el 87% de las víctimas de la trata son para la industria sexual y que el 90% de estas víctimas son mujeres y niñas.   Y cuando hablamos del abuso de una situación de vulnerabilidad, nos referimos a la pobreza, la pobreza extrema, la falta de oportunidades, la ignorancia, la violencia y la violación previas a la trata con fines sexuales.  La prostitución y la pornografía son, así mismo, manifestaciones de violencia contra las mujeres, en tanto, desde la cultura patriarcal, permiten perpetuar estereotipos como que los cuerpos de las mujeres y las niñas son para el placer sexual de los pobres hombres, que no pueden contener sus irracionales brotes hormonales, inclusive buscándole una serie de justificaciones y mitos, como que si no existiera la prostitución habría más violaciones, que es el oficio más antiguo del mundo, que es una manera de hacer dinero fácil, que es un trabajo como cualquier otro, que si están ahí es porque les gusta; sin embargo, yo he podido constatar que es la violencia más antigua del mundo que se ha perpetrado contra los cuerpos de las mujeres y las niñas, que es un atentado contra su dignidad e integridad corporal y un abuso de poder que deja daños físicos y emocionales profundos.   En suma, en el sistema social patriarcal, basado en las diferencias de sexo, de clase, de etnia, de edad, de discapacidad, o de diversidad sexual, se hacen presentes en este tema, ya que existen sólo dos formas de colonizar los cuerpos de las mujeres, a través de la propiedad individual del cuerpo de la mujer-esposa, mujer-madre, mujer-hija, -el matrimonio- o a través de la propiedad colectiva de su cuerpo, a través de la prostitución.
La violencia provoca en las mujeres una mayor vulnerabilidad física y reproductiva, dado que las deja en condiciones de padecer trastornos del sistema nervioso, abusos de estupefacientes, estrés postraumático y hasta intentos de suicidio. Además de las consecuencias físicas, también les impide que participen activamente en el plano social y económico de la comunidad y tienen menos oportunidades de conseguir empleo, o de estar empleadas en un trabajo con un buena remuneración.
Fuera de los ámbitos privados o las consecuencias de participación
en el campo social, existe la violencia que ejerce o tolera el Estado a través de sus agentes, una ley o una política pública. Un agente ejerce la violencia, cuando provoca violencia física, sexual o psicológica en la calle o en situaciones de privación de la libertad, por medio de torturas o de penas degradantes e inhumanas. Pero una ley o las políticas de Estado también pueden ser responsables de los actos de violencia hacia las mujeres o de la discriminación a la que ciertas mujeres están expuestas debido a su raza, condición social, etnia, religión, orientación sexual, retos especiales, edad, entre otros factores.

Todos estos actos de violencia son expresiones que, de algún modo, el Estado parece tolerar o perdonar. Los efectos de cada una son múltiples y, en algunos casos, la onda expansiva de la impunidad alcanza a otros integrantes de la sociedad, como las niñas y niños.
En ese sentido, tanto el Estado como la comunidad deben reconocer la incidencia que puedan tener las demoras en el abordaje real de cada uno de estos problemas y tomar medidas radicales. La violencia hacia la mujer es un obstáculo que no solo afecta la vida de un gran porcentaje de mujeres, sino que también es una amenaza para lograr la igualdad, el desarrollo y la paz.

DIFERENCIAS PRINCIPALES ENTRE TRATA Y TRAFICO DE MUJERES, NIÑAS Y NIÑOS.

Desde que me llegó el Programa para estas Jornadas me pude percatar que existe una confusión conceptual sobre la trata y el tráfico de mujeres, niñas y niños en Puerto Rico, por eso intentaré con este cuadro referirme a las principales diferencias:

Tráfico Ilícito de Migrantes

Trata de Personas

¿Qué tienen en común?

Puede haber cruce irregular de fronteras (facilitación de entrada
ilegal a un país – violación de leyes migratorias).
Operación comercial con seres humanos.
En ambos casos existen redes organizadas.
Abuso de Derechos Humanos.
No necesariamente hay cruce de fronteras (trata interna).

¿Cuáles son las Principales Diferencias?

Voluntario. Involuntario (algunas veces media el engaño).
La relación con el traficante termina en el lugar de destino. La relación con el tratante continua en el lugar de destino.
Hay pago por adelantado. El pago inicia cuando la persona es explotada.
No hay restricción de movimiento en el lugar de destino. Hay restricción de movimiento en el lugar de destino (generalmente las víctimas están encerradas).
Reclutamiento no es premeditado. El reclutamiento responde a tipo de explotación a la que se someterá.
No hay incautación de documentos. Los tratantes despojan de los documentos a sus víctimas.
Fin: llegar a un país diferente al de origen. Fin: explotación sexual, laboral, esclavitud, etc.
Mercancía: el servicio, el movimiento Mercancía: la persona
Delito contra el estado Delito contra la persona

TRATA DE MUJERES Y NIÑAS EN PUERTO RICO.

Según un estudio reciente de la Sección contra la Trata de Personas de la OEA, titulado Migración:  Informe de la Trata de Personas desde República Dominicana a Puerto Rico, publicada en Abril del 2006, se reconoce que existe una carencia de datos y cifras confiables sobre este fenómeno en el Caribe, sin embargo establece que las personas provenientes de la República Dominicana representan el grupo dominante de extranjeros en Puerto Rico y por lo tanto el de mayor vulnerabilidad a la trata de personas.  Este estudio también concluye que los factores económicos compelen a muchas personas de República Dominicana a migrar de manera clandestina a Puerto Rico y que por su condición migratoria ilegal, las coloca en riesgo de ser explotados por tratantes de personas.  Esto se convierte en un patrón establecido en relación con las personas migrantes de República Dominicana.  Otras nacionalidades que pueden ser víctimas de trata hacia Puerto Rico son la haitiana y la china.  Este estudio establece que es razonable concluir que para muchos migrantes –y también para los tratantes y traficantes ilegales de migrantes– Puerto Rico es una puerta de entrada muy conveniente para lograr acceder al territorio continental de los Estados Unidos de Norte América.  Hasta ahora, los agentes gubernamentales han encontrado pocas personas nacionales de República Dominicana víctimas de trata de personas en el territorio continental de los Estados Unidos de Norte América.  Esto es un síntoma de que es necesario estar más vigilantes y sensibles para poder detectar a las víctimas de trata, particularmente en el contexto de la migración clandestina.  Puerto Rico, como un Estado Libre Asociado, que es territorio de los Estados Unidos, está regulado por las leyes federales Norteamericanas y los instrumentos internacionales que vinculan a los Estados Unidos de Norteamérica.

En Puerto Rico, la mayoría de los agentes gubernamentales han ido reconociendo muy lentamente los factores que pueden apuntar a la trata de personas.  Estos agentes, particularmente los que trabajan en asuntos migratorios—enfrentan el reto de que la mayoría de las personas en procesos de migración ilegal que interceptan, están sólo en la etapa de movimiento del proceso de trata.  Y por lo tanto les parece que la mayoría son simplemente migrantes en situación ilegal, clandestina y no víctimas futuras de explotación laboral o prostitución por deuda.  Es en este sentido que existe una inmensa necesidad de incrementar la conciencia y sensibilidad sobre el fenómeno de la trata de personas.

Los Oficiales de Puerto Rico llevan pocas o no llevan estadísticas sobre trata de personas.  La mayoría de las estadísticas que se llevan se quedan en el contexto de las intercepciones y deportaciones, lo que nos permite contar con una visión muy limitada sobre la trata de personas.  Lo que es evidentemente notorio, quizá, es el número creciente de mujeres extranjeras detenidas en prostitución—en el año 2003, se realizaron 1,819 detenciones, en el 2004, la cifra fue de 1,566.  Estas cifras representan un incremento considerable sobre las cifras de los años previos.  Sin embargo, estas cifras no se registran por nacionalidad, la percepción popular es que la gran mayoría de las personas detenidas son dominicanas y en situación migratoria ilegal, lo que las coloca en una situación particularmente vulnerable para ser controladas por los tratantes o proxenetas.  Además, existe un alto volumen de migración  dominicana hacia Puerto Rico y es posible que Puerto Rico funcione como un país de tránsito de las víctimas dominicanas de trata de personas.

La Organización de Estados Americanos ha recomendado que tanto las autoridades locales como federales trabajen con la sociedad civil para lograr un mejor y mayor entendimiento de la trata de personas.  Así mismo urgieron al Gobierno Puertorriqueño que lleve a cabo mayor capacitación e investigación en un esfuerzo para cuantificar mejor la dimensión de las personas dominicanas y de otras nacionalidades que migran a y a través de Puerto Rico.

Migración Clandestina y Prostitución en Puerto Rico.

Muchas de estas actividades están fuertemente vinculadas a la Isla La Española – la República Dominicana y Haití—una región con una trata de personas importante, aunque los vínculos con la trata de personas per se no han sido estudiados.  Y el Estudio de la OEA es realmente una de los primeros intentos para analizar y entender la posible trata de seres humanos hacia Puerto Rico, no sólo desde la Española, pero también desde otras áreas como Cuba, así como de países de fuera de la Región, como la República Popular de China.  Y podemos decir que en Puerto Rico no se le ha dado la suficiente atención a este tema, ya que no se han llevado a cabo estudios concretos que puedan darnos mayor información sobre la probabilidad de que exista la trata de personas en Puerto Rico.

Y aunque el Artículo 3 del Protocolo para Prevenir, Sancionar y Reprimir la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niñas que complementa la Convención contra el Crimen Organizado Trasnacional establece que:

Para los fines del presente Protocolo:

a)      Por “trata de personas” se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos;

b)      El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar descrita en el apartado a) del presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado;

c)      La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará “trata de personas” incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artículo;

d)      Por “niño” se entenderá toda persona menor de 18 años.

También es cierto que el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena o Convención del 49 establece que:

Artículo 1

Las Partes en el presente Convenio se comprometen a castigar a toda persona que, para satisfacer las pasiones de otra: 1) Concertare la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de tal persona; 2) Explotare la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de tal persona.

Artículo 2

Las Partes en el presente Convenio se comprometen asimismo a castigar a toda persona que: 1) Mantuviere una casa de prostitución, la administrare o a sabiendas la sostuviere o participare en su financiamiento; 2) Diere o tomare a sabiendas en arriendo un edificio u otro local, o cualquier parte de los mismos, para explotar la prostitución ajena.

Ahora bien, por cuanto hace a el Acta de Protección de las Victimas de Trata y Violencia del 2000, legislación federal de los Estados Unidos de Norteamérica, ésta define a las víctimas y les otorga protección siempre y cuando se encuentren en la definición de víctimas de formas severas de la trata de personas, la que define como:

a)            trata con propósitos sexuales, en el cual un acto sexual comercial es inducido por la fuerza, el engaño, o la coerción, o cuando la persona inducida a realizar un acto de esa naturaleza es menor de 18 años; o

b)            el reclutamiento, alojamiento, transportación, provisión, u obtención de una persona para trabajo o servicios, se realiza por medio de la fuerza, el engaño o la coerción,  con el propósito de someterla a servilismo involuntario, peonaje, pago de deuda o esclavitud.

c)            Trata Sexual.  El término “trata sexual” significa el reclutamiento, alojamiento, transportación, provisión, u obtención de una persona con el propósito de un acto sexual comercial.

Lo que nos encontramos al comparar estas definiciones es que el consentimiento es un elemento a considerar tanto en el Protocolo de Palermo sobre Trata de Personas, como en el Acta de Protección 2000 de los Estados Unidos de Norteamérica, sin embargo, no podemos aceptar que se hable de prostitución forzada o no, de que hubo consentimiento o no, ya que el consentimiento lo exime el hecho contundente de que haya existido trata y explotación de la prostitución ajena, pero, además, porque nadie puede consentir en su propia explotación o esclavitud.

Ahora bien, en mucho como sucede de la misma manera que en la frontera entre Estados Unidos de Norteamérica y México, que se considera una zona de alto grado de migración ilegal, en la que existe un porcentaje muy significantivo de trata de personas, también existe evidencia de que en la frontera por agua de Puerto Rico, en una menor escala, se registra un fenómeno similar.  Se ha podido deducir que las nacionalidades que en mayor medida pueden ser víctimas o estar en riesgo de mayor vulnerabilidad de la trata para cualquier forma de explotación son nacionales de la República Dominicana, seguidas por otras personas nacionales de países caribeños en migración clandestina y algunas personas nacionales de países de otras regiones del mundo como la República Popular de China.

El estudio de la OEA acaba por concluir que los factores de la trata de seres humanos están presentes en Puerto Rico y que se le puede caracterizar como un destino significativo para la trata de seres humanos, así como un área de tránsito.

Puerto Rico una Situación Única en el Caribe.

Puerto Rico ha sido parte de los Estados Unidos de Norte América desde 1898 y es actualmente un “Estado Libre Asociado” que disfruta de autonomía política, pero las personas puertorriqueñas son ciudadanas de los Estados Unidos, y por lo tanto el movimiento entre Puerto Rico y los Estados Unidos continentales es un viaje doméstico sin controles.

Por otro lado, Puerto Rico disfruta de un nivel de desarrollo económico y estabilidad que excede por mucho el de los países caribeños vecinos.  La disparidad en estabilidad económica y política ha contribuido a que Puerto Rico sea considerado como un destino principal y país de tránsito para otros inmigrantes caribeños.

En contraste, de acuerdo a datos del Banco Mundial, 28.6% de las personas viven bajo la línea nacional de pobreza en la República Dominicana.  Por lo tanto, la diferencia en ingreso entre estas dos islas vecinas es significativa y sirve como una motivación inicial para las personas dominicanas para que migren.

Como lo menciona en su estudio la OEA, las evidencias de un importante índice de trata de personas de La Española hacia Puerto Rico son innegables, considerando la trata de seres humanos que se han documentado entre la República Dominicana y las Antillas Menores y otros destinos en el Caribe.

Lo que no se ha estudiado hasta ahora en el contexto de Puerto Rico es la probabilidad de que la trata de seres humanos se esté llevando a cabo dentro de las mismas rutas de migración clandestina.  En contraste con los estudios que se han desarrollado para el tráfico ilegal de migrantes en la frontera entre Estados Unidos y México, el área de Puerto Rico ha recibido poca o nula atención en el campo de la investigación de la trata de seres humanos, a pesar de la aceptación bien documentada de la inmigración clandestina de la República Dominicana a Puerto Rico.  La preocupación se refuerza cuando se puede comprobar que un estimado 9% de los US$2.7 billones de dólares que llegan a República Dominicana por concepto de Remesas se originan en Puerto Rico.  Estos factores, junto con la proximidad geográfica de estas dos islas vecinas aportan mayor certidumbre sobre la probabilidad de que exista trata de personas.

Muchos estudios documentan que Puerto Rico constituye uno de los puertos de entrada a los Estados Unidos más usados para la migración clandestina.  La accesibilidad de rutas a mar abierto y la gran disponibilidad de documentos falsos o ilegales en Puerto Rico son factores muy atractivos para las personas en migración ilegal cuyo destino final son los Estados Unidos de Norte América.

La Migración Dominicana es un movimiento reconocido desde hace mucho en América y hacia otros países y regiones, principalmente España.  La mayoría de los estudios sobre trata de personas dominicanas a destinos internacionales han examinado distintos destinos pero no el de los Estados Unidos y Puerto Rico – en mayor medida Argentina y España.  Sin embargo, es muy interesante percatarse que las estadísticas muestran de manera irrefutable que la mayoría de la migración indocumentada que entra a Puerto Rico viene de la República Dominicana, y la población dominicana es el cuarto grupo de población hispana inmigrante en el territorio continental de los Estados Unidos.

Debido a situaciones económicas difíciles por las que ha atravesado la República Dominicana, se han tenido que implementar medidas de ajuste estructural que han traído efectos adversos para la población urbana pobre que sin lugar a dudas ha incrementado la migración irregular.  Como resultado de estas condiciones de marginalización económica, las personas de nacionalidad dominicana buscan dejar su país lo que provoca que el número de personas vulnerables a la trata de personas se haya incrementado en la misma proporción.

La pobreza y la pobreza extrema, la falta de oportunidades económicas sigue siendo una de las mayores razones para la emigración dominicana.  Las estadísticas de la pobreza son abrumadoras y la pobreza se está concentrando entre la juventud – la población por debajo de los 18 años representa cuatro millones, ciento treinta y un mil personas, de las cuales el 45% o sea un millón ochocientos cincuenta y nueve mil personas viven en pobreza extrema.  Algunos investigadores estiman que 500,000 niñas y niños dominicanos sufren explotación laboral.  Estas niñas y niños se dedican a una variedad de actividades que incluyen trabajo doméstico y agrícola, trabajan como vendedores en las calles o en la prostitución infantil.  UNICEF hace énfasis en que las niñas y niños que son víctimas de explotación laboral o sexual están excluidos de la educación, ven sus derechos más básicos violados, quedan atrapados en pobreza cíclica, y se encuentran en grave riesgo de sufrir violaciones de su salud y su integridad física.

Factores de Género:  La Feminización de la Migración o de la Trata????

Las mujeres dominicanas representan una proporción muy substancial de la comunidad inmigrante.  Ellas son frecuentemente jefas de hogar que migran para poder proveer a sus familias de los satisfactores mínimos para su sobrevivencia y por el contrario con otros patrones migratorios, las mujeres dominicanas tienden a migrar por ellas mismas, según el estudio de la OEA.  Además, la mayoría de estas mujeres dominicanas son jóvenes entre los 20 y los 40 años, y con muy escasa educación, factores que elevan su vulnerabilidad de que sean abusadas por los tratantes de personas.

La literatura existente sobre la migración dominicana hacia Puerto Rico apunto hacia la xenofobia y la discriminación racial como otro importante factor relacionado con el fenómeno de la trata de personas, que empuja a las mujeres dominicanas a los sectores informales de la economía Puertorriqueña.

El número de mujeres dominicanas en prostitución en el extranjero es una estadística que provoca discusiones, aunque la mayoría de los observadores reconocen que es un número desproporcionado si lo comparamos con otros países de origen con población migratoria similar.

El hecho de que la mayoría de estas migrantes se encuentren en Puerto Rico indocumentadas y que vengan de países con estratos económicos inferiores – personas, especialmente mujeres, que están dispuestas a correr los riesgos de la migración clandestina – una vez más nos remite a un marco que nos permite entender que muchas mujeres y jovencitas aceptan escenarios de abuso o situaciones laborales marginales, como el servilismo o la prostitución.

Y aquí, yo quisiera mencionar que el Estudio de la OEA habla de prostitución forzado o semi-forzada, pero en la experiencia de mi organización, que ya en el 2008 cumplirá su vigésimo aniversario de estudiar y combatir el fenómeno de la trata y la explotación sexual comercial de mujeres en todo el mundo, y por las estadísticas que hemos acumulado durante estos casi veinte años, podemos afirmar que únicamente el 1% de las mujeres en prostitución están por su voluntad en la industria del sexo, el otro 99% lo hacen obligadas por los proxenetas, bandas del crimen organizado o por sus circunstancias de falta de oportunidades, pobreza, pobreza extrema, violencia o discriminación sufridas previamente, y el daño que presentan las sobrevivientes, además de infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH-SIDA, presentan graves daños psicológicos, adicciones a las drogas y al alcohol, intentos recurrentes de suicidio y automutilación, personalidad border line, flash backs, depresiones profundas que llegan a imposibilitar que puedan llevar a cabo una vida normal.  En todo caso podemos aceptar que es un medio marginal de sobrevivencia, pero no que hay prostitución forzada o voluntaria, porque esto lo único que permite es perpetuar estereotipos que reducen los cuerpos de las mujeres y las niñas a meros objetos para el placer sexual de los hombres.

Las consideraciones de género que impactan la migración y la trata de mujeres y niñas es una característica de la Región del Caribe.  El Caribe tiene la más alta proporción de mujeres jefas de hogar en el mundo, 35%.  Además, el número de mujeres económicamente activas se ha incrementado en un 150%.  Y, a pesar de que se ha incrementado significativamente la presencia de las mujeres en la fuerza de trabajo, sus salarios son 28% más bajos que los de los hombres, un factor que si lo combinamos con el hecho de que muchos son jefas de hogar que necesitan proveer a sus familias con los satisfactores básicos, empuja a muchas mujeres a ver la inmigración como una opción viable.  En resumen, está muy claro que las condiciones macroeconómicas estructurales que facilitan la trata de mujeres y niñas de la Española hacia Puerto Rico están firmemente sustentadas.

Más aún, muchas de las víctimas de la explotación sexual y laboral no se dan cuenta de que están siendo víctimas de trata, debido a que vienen de una situación económica tan precaria que aceptan sus abusos, lo que no exculpa de su delito a los tratantes y proxenetas o explotadores laborales.  Por eso digo, que el consentimiento no debe ser tomado en cuenta, sobre todo cuando se abusa de una condición de vulnerabilidad como la pobreza, la pobreza extrema, la falta de oportunidades, la violencia y discriminación de género, o se encuentran en el proceso o en condiciones de migración ilegal.  Algunas víctimas de la trata de personas pueden dudar sobre identificar a sus tratantes y explotadores o colaborar con las autoridades, debido a que ellos o sus familias puedan estar ligadas a sus tratantes de una manera muy directa a través de sus redes sociales, y han sido amenazadas o temen sufrir represalias.  De acuerdo con Frank Soto, el Procurador de Justicia en República Dominicana, los criminales que organizan los viajes para personas que migran de manera ilegal desde Dominicana son muy poderosos, un hecho que hace que su persecución penal muy difícil.  Y también hace que su capacidad de intimidar y coaccionar a sus víctimas sea mucho más grande y efectiva.

En otras palabras, la trata de personas es un delito que requiere la coordinación y organización de diferentes agencias estatales y de los países señalados como países de origen, transito y destino, recordando que para que sea considerado una actividad del crimen organizado se requiere que participen por lo menos tres personas, que en todos los casos de trata se excede, ya que generalmente participan el reclutador, el transportador, el que aloja, el que explota, y por supuesto el cliente, que además es el motor que mueve esta industria, le da motivo y razón, ya que si la demanda crece o se diversifica, la oferta también y si no hubiera demanda, no habría oferta.

Otro factor que promueve y facilita la migración ilegal y la trata de personas es la presencia de corrupción entre los oficiales del gobierno, que facilitan la práctica de esta actividad clandestina y criminal.

El Departamento de Estado indica que varios miles de víctimas son tratadas a los Estados Unidos desde la región Latinoamericana cada año, pero muy pocas de esas víctimas están siendo identificadas.  La Patrulla Fronteriza informó que no era inusual que algunas de las mujeres en migración ilegal interceptadas en aguas de Puerto Rico afirmen que no pagaron nada por el costo de su viaje, lo que puede ser una señal inequívoca de que son víctimas de trata y no de migración ilegal.  Existe, por lo general, una actitud renuente en la comunidad Dominicana de colaborar con los oficiales de las agencias gubernamentales.  Este puede ser un factor que sólo ha permitido que se detecten muy pocos casos concretos de trata de personas en Puerto Rico.  Esto también explica por qué el Departamento de Estado reporta que 14,500 a 17,500 migrantes – una parte muy significativa proveniente de América Latina y el Caribe – son tratadas anualmente en los Estados Unidos, pero hasta ahora los oficiales Norteamericanos han podido identificar sólo una pequeña fracción de esas víctimas.

El FBI estima que cerca de un 34% de las víctimas de trata en los Estados Unidos que vienen de Latino América trabaja en granjas de migrantes, mientras que el 29% se encuentran en la prostitución.  En otras estimaciones establece que muchas de estas víctimas se encuentran en regiones donde las personas migrantes Dominicanas se establecen, como Puerto Rico y Nueva York, y otras ciudades a lo largo de la Costa Este.  El FBI establece que cerca del 80% de las víctimas de trata son mujeres.  Adicionalmente, el Departamento de Estado de los Estados Unidos estima que entre 3,500 y 5,000 víctimas de trata de personas hacia los Estados Unidos vienen de Latino América.  El estudio del Departamento de Estado confirma que el 80% de las víctimas son mujeres.

Existen un número importante de círculos de tráfico de migrantes que los transportan clandestinamente hacia Puerto Rico, la mayoría de ellos operan a través y desde La Española.  La existencia de estos fuertes flujos de migración clandestina, como es típico en otras regiones del mundo, fortalece la posibilidad de que esos que organizan este movimiento logren financiamiento de introducir a migrantes voluntarios bajo esquemas de un pago parcial que puede indicarnos que existe una deuda que los obligará a trabajar para ellos, prostituirse y cualquier otra forma de explotación a futuro.  Este es una de las herramientas clásicas que se utilizan para explotar a las personas que migran ilegalmente y que constituye una forma de trata de personas como se identifica en el Protocolo de Palermo.

Sin embargo, en Puerto Rico muy pocos casos de este tipo de migración se tratan como ejemplos posibles de trata humana, en parte por la dificultad para distinguir un caso activo de trata de personas de entre la operación normal de tráfico de migración ilegal.  Los oficiales de migración argumentan que es muy difícil para ellos identificar migrantes que están destinados para ser futuras víctimas de trata de personas, cuando se encuentran sólo en la etapa de movimiento o transporte.

La mayoría de las personas dominicanas interceptadas en las playas y en la costa Puertorriqueña informan que no pagaron nada por adelantado para financiar su transportación.  Estas personas migrantes interceptadas además indican que volverán intentar la migración ilegal de nuevo, una vez que sean repatriados.  Esta información sugiere la posibilidad de que alguien más esté financiando el costo de que sean pasados e introducidos a Puerto Rico.  Se puede suponer que estas personas migrantes deben a sus traficantes, coyotes o polleros, el pago por su transportación; cómo se pagará la deuda es un elemento clave para identificar si se trata de casos de trata de personas.

En el caso de el incremento que se ha registrado en la presencia de personas provenientes de la República Popular de China que intentan entrar a Puerto Rico de manera ilegal, podemos suponer que estas personas deben pagar una cantidad mucho mayor que las personas provenientes de Cuba, Dominicana o Haití, en algunos casos, hasta US$55,000 Dólares, por lo que considerando la inmensa deuda por la migración ilegal, a la que quedan sujetos las personas chinas indocumentadas, muchas de estas personas que migran clandestinamente deberán enfrentar años de deuda de trabajo para poder pagarle al criminal que los transporto e introdujo a América.  Sin embargo, la naturaleza del tráfico ilegal de migrantes chinos y la trata de personas hacia o a través de Puerto Rico es un fenómeno que no ha sido estudiado adecuadamente.

Sobre las Estadísticas Disponibles.

Casi no existe datos que se recaben en términos de trata de personas en esta región, aún así, una buena mirada a las estadísticas existentes puede darnos una idea clara del fenómeno en Puerto Rico.

Por ejemplo, las cifras de detenciones realizadas por el Departamento de Policía de Puerto Rico, aunque no se llevan por nacionalidad o género, nos dejan ver que ha habido un incremento considerable en los últimos años.  Por ejemplo, en el 2000 se llevaron a cabo 780 detenciones, en el 2001 1,264, en el 2002 1,061, en el 2003 1,867 y en el 2004 2,032.

Ambos, tanto la policía de Puerto Rico, como los Oficiales de Estados Unidos reportan una prevalencia de mujeres dominicanas en el mercado de la prostitución en la isla y en otras actividades sexuales comerciales, lo que sugiere o deja ver que existen vínculos con la trata de personas.  Inclusive, los oficiales de ICE y del Departamento de Seguridad Interna reportan que existe una conexión directa entre las mujeres migrantes dominicanas y las bailarinas de los clubes de strip.  También de lo anterior se desprende que estas mujeres dominicanas se encuentran en mayor condición de vulnerabilidad a la explotación y abuso del comercio sexual.

El informe de la OEA confirmó que la información disponible sobre migrantes en prostitución en Puerto Rico está muy incompleta.  Más aún, los números que existen no están desagregados por sexo, nacionalidad, edad, etc., lo que hace muy difícil poder contar con un retrato del fenómeno.  Por ejemplo, es muy claro a partir de la información existente que después del 2002, el número total de mujeres y mujeres en prostitución, que han sido detenidas en Puerto Rico, se ha incrementado cuatro veces, y que a pesar de que la policía ha incrementado su vigilancia en las actividades relacionadas con la prostitución, parece que disminuir o erradicar el comercio del sexo y la prostitución no es una prioridad para la Policía de Puerto Rico.  La prostitución es generalmente tolerada.  Por lo tanto, en vista de que la política general es tolerar la prostitución ilegal, el incremento en las cifras de arrestos sugiere que existe un incremento en esta actividad criminal, que en el caso de extranjeras, está siempre directamente ligado con la trata de mujeres y niñas para el comercio sexual.

Por ejemplo, en el año 2002, se llevaron a cabo 357 detenciones relacionadas con la prostitución; en 2003, 1,819; y en 2004, 1,566.  Es importante hacer notar que estas cifras no reflejan la presencia de otras nacionalidades Latinoamericanas que también constituyen una significante población migratoria como la mexicana y la colombiana.

A pesar de que el tamaño de la comunidad china en Puerto Rico es pequeño de acuerdo a información proporcionada por la Oficina del Censo de los Estados Unidos, las personas nacionales de China en Puerto Rico se han incrementado en 500% entre 1990 y 2000.  La población registrada en 1990 era de 342 nacionales y en el 2000 el Censo registró 1,873 nacionales de China.

La información proporcionada por la Aduana Norteamericana y la Patrulla Fronteriza también contribuye al análisis de posible trata de personas, porque sus datos si están desagregados por género y nacionalidad.  Sus registros indican que existe una clara mayoría masculina entre los números totales de migrantes interceptados en las costas Puertorriqueñas.  Sin embargo, sería muy difícil generalizar que la mayoría de migrantes dominicanos en Puerto Rico son hombres, debido a que tanto en el informe de la OEA, como en la literatura existente, los arrestos en prostitución y la observación oficial hecha por las autoridades reporta una importante presencia de mujeres indocumentadas en Puerto Rico que no se refleja en estas cifras de intercepción en las fronteras.  Una conclusión razonable es que las mujeres dominicanas son tratadas a Puerto Rico por otros medios que no involucran los muchos riesgos que significa la transportación clandestina en botes.  Y yo me iría más allá, y diría que por la experiencia las mujeres dominicanas están siendo tratadas a Puerto Rico con documentos de viaje que después le son retenidos, con el pretexto de que deben pagar la deuda de su viaje o bien con documentos falsos.

En el caso de las personas migrantes haitianas es mucho más difícil identificarlas, ya que generalmente se identifican como nacionales de República Dominicana, ya que consideran preferible ser deportados a ese país que al propio.

El informe de la OEA establece la necesidad no sólo de mejorar el registro y conservación de datos, pero, también, una política de involucramiento más amplia para poder entender la trata de personas.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.

El objetivo del informe de la OEA fue medir las posibilidades de que tanto hombres, mujeres, niñas y niños estén siendo tratados hacia Puerto Rico, tanto como país de destino y tránsito para entrar al territorio continental de los Estados Unidos de Norte América.

La OEA concluyó que la trata de personas en Puerto Rico es más que una posibilidad, una realidad que no se ha entendido, ni atendido y por lo tanto recomendó como un primer paso para atender esta situación que se mejore la recolección oficial de datos prestando atención al tema de la trata de personas.  Particularmente, recomendó que se tomen medidas para desagregar todos los datos por género y nacionalidad.  Urgió para que cuando sea posible se haga un perfil de las personas interceptadas que pudieran corresponder a una posible víctima de trata de personas en proceso de movimiento.  Se refirió a que esto debería corresponder en mayor medida a grupos de mujeres jóvenes, que están siendo manejadas por sus traficantes de tal manera que se puedan encontrar indicios de que vienen encaminadas para ser explotadas laboralmente o en el comercio sexual en el futuro.

También recomendó un estudio más profundo del fenómeno en Puerto Rico que permita lograr mayor interacción con las comunidades de nacionales de República Dominicana, Haití y China presentes en ese país y examinar con cuidado los vínculos transnacionales con sus países de origen y otras comunidades con su misma identidad en los Estados Unidos.  La OEA recomendó que los oficiales Puertorriqueños de las Agencias Gubernamentales, así como los Oficiales Norteamericanos que actúan en Puerto Rico reciban capacitación y entrenamiento para que estén mejor equipados para identificar casos de trata de personas.  La investigación de la OEA descubrió una actitud generalizada entre la mayoría de los agentes gubernamentales que parecen no querer aceptar que la trata de personas sucede en Puerto Rico.

Y, finalmente, también recomendó que el Gobierno de Puerto Rico trabaje con las ONGs y otros grupos comunitarios para promover mayor conciencia pública y otras campañas de información que permitan sensibilización social y mayor comprensión del tema de la trata de personas entre el pueblo de Puerto Rico.

Muchas Gracias.

San Juan, Puerto Rico, 19 de Abril de 2007.


[1] Directora Regional de la Coalición contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe, A.C. (CATW-LAC).

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[2] Facio, Alda y otras Ed.  Género y Derecho.  American University e ILANUD.  Santiago de Chile, Septiembre de 1999.

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