PARTE I
SOBRE LA LEY SUECA QUE PROHIBE LA COMPRA DE SERVICIOS SEXUALES:
Las mejores prácticas para la prevención de la prostitución y la
trata con fines de explotación sexual
Gunilla Ekberg,
Después de varios años de debate público iniciado por el movimiento
de mujeres de Suecia, la Ley que Prohíbe la Compra de Servicios
Sexuales entró en vigor el 1 de enero de 1999. Esta ley es el primer
intento por parte de un país de dirigirse a la causa primera de la
prostitución y de la trata de personas con fines de explotación
sexual: la demanda de los hombres que dan por sentado su derecho a
comprar personas con el fin de prostituirlas. La ley es la piedra
angular de los esfuerzos realizados en Suecia para crear una
sociedad contemporánea y democrática, donde las mujeres y las niñas
puedan vivir libres de toda forma de violencia de los hombres. En
combinación con la educación pública, las campañas de concienciación
y el apoyo a las víctimas, la Ley junto con otras legislaciones
establece una política de tolerancia cero respecto a la prostitución
y a la trata con fines de explotación sexual. Cuando los
compradores se arriesgan a ser castigados, el número de hombres que
compran personas prostituidas disminuye y el mercado local de la
prostitución desciende. Los traficantes elegirán otros destinos más
lucrativos.
En las últimas décadas la prostitución y la trata de mujeres y niñas
para su explotación sexual, ha aumentado de una forma alarmante. La
industria de la prostitución está en plena expansión en el mundo,
muchos países se adscriben a una ideología de libre mercado, un
mercado en el que las mujeres y las niñas son sólo un producto más
frente al infinito número de artículos que pueden ser vendidos. De
esta manera, la trata de mujeres y niñas para su prostitución es el
negocio que genera más beneficio después de la venta de drogas y del
tráfico de armas. Mientras tanto, los neoliberales han normalizado
la prostitución como una manera de entretenimiento sexual en la que
sujetos en las mismas condiciones intercambian servicios por
dinero. “Ser una trabajadora del sexo” se ha convertido en una
carrera legítima para las mujeres y las oficinas de empleo de los
Países Bajos -donde la prostitución ha sido legalizada- sugieren que
optar por trabajar en un prostíbulo es una opción legítima. Lo que
antes se veía como una forma grave de explotación ahora se considera
un derecho de las mujeres a hacer con su cuerpo lo que quieran y una
manera de llegar a la liberación sexual y a la autodeterminación.
Este cambio es un ejemplo pertinente y contemporáneo del
resurgimiento de una visión política represiva y reaccionaria que
pone en marcha políticas que responden a diferentes posturas sobre
la prostitución y la trata de personas: desde las visiones
académicas o intelectuales a los discursos populares. Sin embargo,
no todos los países del mundo defienden con tanto entusiasmo ésta
postura sobre la prostitución y la trata de personas con fines de
explotación sexual, según la cual la prostitución es realmente un
trabajo y la explotación sexual de las mujeres, por parte de los
hombres debe ser comercializada y legalizada. El gobierno sueco,
cuyo objetivo es prohibir la compra de servicios sexuales, afirma:
“Al prohibir la compra de servicios sexuales, se puede luchar contra
la prostitución y contra sus efectos nocivos más efectivamente de lo
que se ha hecho hasta ahora. Además, el gobierno considera que no es
razonable castigar a la persona que vende un servicio sexual, pues
en la mayoría de los casos ésta persona constituye la parte más
frágil que es explotada por aquellos que sólo quieren satisfacer sus
imperativos sexuales.”
PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA SUECA Y DE LA LEGISLACIÓN CONTRA LA
PROSTITUCIÓN Y EL TRÁFICO DE PERSONAS
Durante mucho tiempo la lucha contra la prostitución y la trata de
mujeres ha sido una prioridad política en Suecia, tanto en el ámbito
nacional como en el internacional. En este sentido ésta lucha se
considera parte esencial del esfuerzo para crear una sociedad
contemporánea y democrática en la que la igualdad de género sea la
norma y se reconozca el derecho a la igual participación de mujeres
y hombres, niñas y niños en todas las áreas de la sociedad.
En Suecia se entiende que una sociedad que defiende principios de
igualdad en los diferentes ámbitos tanto legal como político,
económico o social para las mujeres y las niñas, debe rechazar la
idea de que las mujeres y las niñas y algunos niños, sean mercancías
susceptibles de ser compradas, vendidas y sexualmente explotadas por
hombres. Entenderlo de otra manera es permitir que una clase
separada de personas del sexo femenino, especialmente mujeres y
niñas que son marginadas económica y racialmente, sea excluida de
estas medidas y de la protección universal de la dignidad humana,
contemplada en los instrumentos internacionales que se han
desarrollado en los cincuenta últimos años sobre los derechos
humanos. (Ministerio de Industria, Empleo y Comunicaciones, 2004).
De hecho las feministas suecas en las primeras décadas del siglo XX
fueron pioneras al luchar contra la prostitución y la trata de
mujeres y relacionarlo con la posición de las mujeres y las niñas en
la sociedad.
En Suecia, se considera la prostitución como una forma de violencia
sexual masculina contra las mujeres y las niñas. Una de las piedras
angulares de la política sueca contra la prostitución y la trata con
fines de explotación sexual es reconocer que su causa primera es la
demanda de los hombres de utilizar mujeres y niñas para la
explotación sexual, sin la cual la industria mundial de la
prostitución no podría ni florecer ni expandirse. La prostitución es
un grave problema que es perjudicial para las mujeres prostituidas y
para las niñas que son también prostituidas, es un problema de toda
la sociedad.
Así pues, las mujeres y niñas prostituidas son consideradas como
víctimas de la violencia de los hombres y no deben ser perseguidas
ni penalizadas. Por el contrario, tienen derecho a recibir ayuda
para escapar de la prostitución. Los proxenetas, los traficantes y
los prostituidores explotan la debilidad de las víctimas debida a la
alta tasa de pobreza, de desempleo, a las prácticas laborales
discriminatorias, a la desigualdad de género y a la violencia contra
las mujeres y las niñas. Desde un nivel estructural, Suecia reconoce
que
para tener éxito en la campaña contra la explotación sexual, las
condiciones políticas, económicas y sociales en las que viven las
mujeres y las niñas deben mejorar con la introducción de medidas de
desarrollo, como por ejemplo, la reducción de la pobreza, el
desarrollo sostenido, medidas que promuevan la igualdad de género y
programas sociales que se centren específicamente en las mujeres.
En Suecia, la prostitución y la trata de personas con fines sexuales
son temas que no pueden y no deben separarse, ambas son prácticas
dañinas intrínsecamente unidas. Se entiende que el reclutamiento, el
transporte, la venta o la compra de mujeres y niñas por los
traficantes, por los proxenetas y por los miembros de grupos del
crimen organizado, tanto en el ámbito nacional como en el
internacional, tienen como propósito la captación de estas mujeres
para la industria de la prostitución.
En Suecia, cualquier medida legal o política que legalice o
regularice las diferentes actividades de la prostitución, como la
ejercida en los prostíbulos, o cualquier medida que despenalice a
los agentes de la industria de la prostitución, incluidos
proxenetas, traficantes o dueños de clubes, así como a los
compradores, es considerada hoy en día una de las amenazas más
graves contra la igualdad de género y contra los derechos de las
mujeres y las niñas por vivir libres de la violencia de los hombres.
Se entiende que la legalización de la prostitución normalizará
inevitablemente una forma extrema de discriminación sexual y de
violencia, y reforzará la dominación de los hombres respecto a las
mujeres.
La legalización de la prostitución significa que el estado impone
normativas con las que puede controlar a un tipo de mujer, la mujer
prostituida. Por consiguiente, se afirma que la trata de personas
con fines de explotación sexual nunca será eliminada a menos que la
comunidad internacional tome medidas concretas contra la
prostitución, contra la explotación sexual y contra la expansión de
la industria internacional de la prostitución.
La lucha contra la prostitución y la trata requiere una amplia
perspectiva y una voluntad para actuar en un amplio abanico en las
diferentes áreas de la política. También requiere la participación y
la colaboración de una amplia variedad de agentes privados y
públicos. En Suecia, no es sólo el Gobierno el que desempeña este
trabajo sino también los movimientos de mujeres y las ONGs. (Ekberg,
2003)
Para hacer efectivo su compromiso con la igualdad de género y para
prevenir y suprimir la prostitución y la trata de personas con fines
de explotación sexual, el Gobierno sueco, bajo la coordinación de la
División de la Igualdad de Género, está preparando actualmente un
Plan de Actuación Nacional para Combatir la Prostitución y la Trata
de Personas con fines de Explotación Sexual, especialmente para
Niñas y Mujeres (N2004/7678/ JÄM); Wahldén, 2003).
El Plan, que será presentado al Parlamento en otoño de 2005,
incluirá medidas adicionales para prevenir la prostitución y la
trata e incluirá medidas especiales para contrarrestar la demanda
que se da en todo tipo de explotación sexual de personas,
especialmente de mujeres y niñas. Además de medidas para luchar
contra la prostitución y la trata dentro del sistema judicial y el
sistema de la seguridad social también serán desarrolladas y se
implementarán medidas que impliquen la asistencia a las víctimas de
prostitución y trata. Finalmente, el Plan incluye medidas que
promuevan y protejan los derechos humanos de las mujeres y de las
niñas y terminen con las desigualdades políticas, sociales y
económicas en los países de origen y en los países de tránsito.
LA LEY QUE PROHÍBE LA COMPRA DE SERVICIOS SEXUALES
El 1 de enero de 1999 la Ley que Prohíbe la Compra de Servicios
Sexuales entró en vigor. Esta Ley, reconoce que son los hombres
quienes compran mujeres (u hombres) con fines sexuales por lo que
son ellos los que deben ser penalizados y no las mujeres. La Ley es
neutral en cuanto al género y, como se menciona anteriormente, es
una parte fundamental de la estrategia global sueca para combatir la
prostitución y la trata de personas con fines de explotación sexual.
La iniciativa de penalizar a los compradores de prostitución tuvo su
origen en los movimientos de mujeres.
Las feministas analizaron la posición de las mujeres en la sociedad
y el hecho de que los hombres, mediante el ejercicio de la violencia
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se perpetúe, este análisis incluye a los hombres que utilizan a
mujeres o niñas para la prostitución. Ellas, de acuerdo con otras
feministas del mundo, concluyeron que la prostitución era otra
herramienta de opresión con efectos nocivos para las mujeres y las
niñas inducidas a la prostitución, así como una forma extrema de
violencia de los hombres utilizada para controlar a las mujeres como
una clase social. Desde el comienzo de los ochenta, las feministas
suecas han defendido con contundencia que los hombres que compran
mujeres prostituidas deberían ser penalizados (Welborn, 1990) y que
las mujeres y las niñas prostituidas deberían ser consideradas
víctimas de la violencia de los hombres y, por consiguiente, con
derecho a ayuda para escapar de la prostitución.
En 1987, la Organización Nacional de Casas de Acogida para Mujeres
en Suecia (ROKS) reivindicó parte de su Plan de Acción, un plan que
incluía una lista de demandas que fueron presentadas a las mujeres
parlamentarias cada año. Gracias a la intensa presión y al trabajo
político ejercido por estas feministas, así como a la ayuda de
mujeres políticas desde sus partidos, la Ley llegó al Parlamento y
se aprobó con una oposición muy pequeña y finalmente entró en vigor
el 1 de enero de 1999.
La ley era parte de un Decreto contra la Violencia contra las
Mujeres (Kvinnofrid), promulgado el 1 de julio de 1998. El Decreto
fue el resultado de dos Comisiones de Investigación: la Comisión de
Prostitución (1995) y la Comisión de Violencia contra las Mujeres
(1995), que contemplaban varias enmiendas a leyes relacionadas con
la violencia de los hombres contra las mujeres, incluida una ley de
acoso sexual. Además se creó un nuevo delito, el de la violación
grave de la dignidad de la mujer o la violación grave de la dignidad
de la persona haciendo efectivo el castigo de los diferentes casos
de la violencia de los hombres contra las mujeres en el marco de una
relación íntima (Ministerio de Trabajo,
1998). La Junta Nacional de Salud y Bienestar, de acuerdo con el
Decreto, tenía como tarea reunir información y examinar la extensión
y el desarrollo de la prostitución en Suecia, así como apoyar a las
autoridades locales en el desarrollo y la creación de medidas contra
la prostitución. La Junta informa regularmente al Gobierno.
Es importante destacar que esta ley se centra exclusivamente en los
compradores de personas prostituidas. Las personas explotadas en la
prostitución, es decir, las víctimas de la violencia de los hombres,
no son sujetos de ninguna acción criminal, ni son objeto de ninguna
repercusión legal o administrativa. El Gobierno, asimismo, garantiza
dinero y asistencia a las mujeres que son víctimas de la violencia
de los hombres, lo que incluye a las mujeres prostituidas. De esta
manera, el Estado es responsable en cierto modo de asistir a mujeres
para que abandonen situaciones de violencia como la prostitución y
de proveerlas de casas de acogida, asesoramiento, educación y
formación profesional. Son los diferentes Ayuntamientos de las
distintas ciudades suecas, los que tienen en realidad la
responsabilidad de proveer de servicios a las víctimas de
prostitución y a las personas traficadas, de acuerdo con la Ley
(Ministerio de Asuntos Sociales, 2001).
ENMIENDAS A LA LEY
En 2001 el Comité Parlamentario de Delitos Sexuales dio a conocer un
informe detallado, sobre las enmiendas propuestas para la
legislación de delitos sexuales, en el capítulo 6 del Código Penal
(Ministerio de Justicia, 2001). El Comité propuso una serie de
cambios que contemplaban los delitos sexuales existentes, no sólo
referidos a los delitos de apropiación de mujeres, sino también a
los delitos de violación y de ataque sexual. En este informe, el
Comité también recomienda que la ley que prohíbe la compra de
servicios sexuales sea enmendada y reforzada. El Comité puntualizó
que la Ley eximía de responsabilidad criminal a aquellos que
comprasen regularmente a las mismas mujeres prostituidas.
Además de esto, la Ley no contemplaba los supuestos en los que una
persona o grupo de personas comprasen un servicio sexual, destinado
a otra persona. Esta situación se da cuando un grupo de hombres van
juntos a una fiesta de soltero para celebrar el matrimonio de uno de
ellos, y los amigos compran una mujer para el soltero como regalo de
despedida, o cuando una empresa provee de servicios de
acompañamiento a sus clientes y a sus asociados empresariales.
En respuesta, el Gobierno sueco preparó un proyecto de ley, que fue
presentado al Parlamento, en la primavera de 2004, que incorpora las
enmiendas propuestas, al capítulo 6 del Código Penal. Estas
enmiendas entraron en vigor el 1 de abril de 2005.
Actualmente el delito se expresa en los siguientes términos:
“Una persona que, en casos distintos a los expuestos previamente en
este capítulo, obtenga una relación sexual casual a cambio de
dinero, será sentenciada por la compra de un servicio sexual a una
multa o hasta seis meses de prisión. Lo dispuestos en este primer
párrafo es aplicable también en el caso de que el pago del dinero
sea prometido o realizado por una tercera persona”.
El delito incluye todo tipo de servicios sexuales, tanto si son
comprados en la calle, como en prostíbulos o en los llamados salones
de masajes, desde los servicios de compañía hasta la compra de
servicios sexuales, en circunstancias similares. Cualquier tentativa
de compra de un servicio sexual puede ser castigada. Si una tercera
persona ha prometido entregar una compensación económica por la
compra de un servicio sexual o la ha entregado, puede ser castigado
como cómplice. En cuanto a la duración del tiempo en prisión, lo
máximo que puede establecer el Gobierno sueco a cualquier hombre que
haya cometido un delito criminal es diez años. La Corte Suprema
establece 50 días de multa, sin embargo, en los casos de
reincidencia la pena se agrava y los tribunales imponen hasta 150
días de multa.
DINERO PARA QUE LA POLICÍA ASEGURE SU CUMPLIMIENTO
Cuando entró en vigor ésta legislación, el Gobierno destinó un
millón de dólares aproximadamente para que la policía garantizase su
cumplimiento. El presupuesto fue asignado a los cuatro distritos
policiales que incluyen las ciudades más grandes del país. En 2003,
el Gobierno sueco asignó unos 4,1 millones de dólares para tres años
destinados a la Policía Nacional, especialmente, para tomar medidas
con el objeto de combatir la prostitución y la trata de personas.
Durante el primer año de vigencia de la ley, los esfuerzos para
asegurar el cumplimiento por parte de la policía se centraron,
principalmente, en los hombres que compraban mujeres en la calle
donde se ejercía la prostitución; sin embargo, más adelante
también se luchó contra los prostituidores que compraban mujeres en
prostíbulos, clubs porno, salones de masaje o agencias de compañía.
NÚMERO DE PERSONAS EN EL ÁMBITO DE LA PROSTITUCIÓN EN SUECIA
En 1999 se calculaba que unos 125.000 hombres suecos compraban
alrededor de 2.500 mujeres prostituidas, una o más veces al año. De
todas estas mujeres, aproximadamente 650 ejercían la prostitución en
la calle. Desde 1999 hasta ahora, el número de personas que ejercen
la prostitución en la calle ha disminuido entre un 30 y un 50 por
ciento, mientras que el reclutamiento de nuevas mujeres,
prácticamente, se ha detenido. Se estima que desde que la ley entró
en vigor el número de mujeres prostituidas ha disminuido de 2.500 en
1999 , a menos de 1.500 en 2002 (S-S Mänsson, Escuela de Trabajo
Social en la Universidad de Malmö, conversación privada el 12 de
enero de 2004; T. Ekman, Director del Grupo contra el Tráfico de
Personas, de las Fuerzas del Orden en Gothenburg encargadas de la
investigación de crímenes relacionados con la prostitución y el
tráfico de personas, conversación privada mantenida el 16 de enero
de 2004; Gripenlöf, 1991-2002; M. Sjöstrand Persson, Director del
Grupo de Prostitución de los Servicios Sociales del Malmö,
conversación privada el 16 de enero de 2004)
El número de mujeres que ejerce la prostitución en Suecia es
considerablemente menor, ahora que cuando la ley entró en vigor en
1999, actualmente no más de 500 personas ejercen la prostitución una
o más veces en el curso de un año (el número de habitantes de Suecia
es de 9 millones). Esta cifra debería ser comparada con el número de
personas que ejercen la prostitución en Dinamarca, que tiene 4.5
millones de habitantes. A principios de los noventa, unas 2000
mujeres ejercían la prostitución en las calles de Dinamarca,
mientras que en 2004 eran entre 5.500 y 7.800 (“Love Bestemmer Antal
Prostituerede, 2004). Dinamarca no tiene ninguna ley que prohíba la
compra de servicios sexuales.
No existe ninguna prueba de que la Ley haya originado un aumento en
la prostitución que se realiza a través de contactos en Internet
(Consejo Nacional de Salud y Bienestar, 2004; Gripenlöf, 1991-2002).
La industria mundial de la pornografía y la prostitución ha sido
siempre rápida en aprovechar cada avance tecnológico que pueda
beneficiar sus actividades y promover la venta de sus productos. El
Net Sex Project (proyecto de sexo en la red) de la Universidad de
Gothenburg, un estudio de investigación que estudia la utilización
de Internet para establecer contactos sexuales, llega a la
conclusión de que el número de mujeres suecas que son prostituidas
vía Internet está estabilizado, entre 80 y 100 mujeres, las cifras
son las mismas en las mujeres que se anuncian en los distintos
portales de Internet. El estudio también concluye que el uso de
Internet para fines de prostitución es una consecuencia del rápido
desarrollo de Internet y no una consecuencia de la legislación
sueca, (Ftes. P. 7). La presencia de mujeres extranjeras
que ejercen la prostitución en la calle ha desaparecido
prácticamente (Ftes. P. 7) y el número de prostituidores ha
descendido de un 75 a un 80%, (Ftes, p. 7).
¿QUIÉNES SON LOS HOMBRES SUECOS QUE COMPRAN MUJERES PROSTITUIDAS?
En Suecia, uno de cada ocho hombres mayores de 18 años, es decir,
aproximadamente el 13% de los hombres entre 18 años y más, compran
al menos una vez a una persona para prostituirla en Suecia o en
otros países, (Ftes. p. 7). Estos hombres representan cualquier
edad, sin embargo la mayoría de los compradores tienen entre 30 y 55
años, proceden de cualquier clase social y de cualquier grupo étnico.
La mayoría de estos hombres están casados, o lo han estado, o viven
con su pareja y con frecuencia tienen niños/as. Los hombres que han
tenido muchas parejas son los compradores más habituales de
prostituidas, lo que deshace el mito de que son los hombres
solitarios, sexualmente poco atractivos, y sin otra opción que la de
comprar mujeres prostituidas los mayores consumidores de
prostitución. Otro estudio llevado a cabo en Estocolmo en 2000,
prueba que un 10 % de chavales y hombres jóvenes de entre 16 y 25
años ha pagado alguna vez por un servicio sexual. (Instituto
Nacional de Salud Pública).
Fuente: Plataforma de Organizaciones de Mujeres por la Abolición de
la Prostitución